Beneficios para empresas al contratar personas con discapacidad
El SECLAS (El Servicio de Colocación Laboral Selectiva para Personas con Discapacidad) tiene la misión de diseñar y gestionar políticas y acciones tendientes a promover la inclusión laboral de las personas con discapacidad. Asimismo, asesora técnicamente en el ámbito público y privado sobre las cuestiones vinculadas a discapacidad y trabajo.
El SECLAS (El Servicio de Colocación Laboral Selectiva para Personas con Discapacidad) tiene la misión de diseñar y gestionar políticas y acciones tendientes a promover la inclusión laboral de las personas con discapacidad. Asimismo, asesora técnicamente en el ámbito público y privado sobre las cuestiones vinculadas a discapacidad y trabajo.
Legislación Provincial – Ley 10.592, art. 17 y Decreto 1149/90, art. 17
Los empleadores que contraten trabajadores con discapacidad podrán imputar el 50 % de las remuneraciones nominales de los mismos, como pago a cuenta del impuesto sobre Ingresos Brutos. El beneficio no incluye a los trabajadores a domicilio de la Ley 12.713*. La deducción se debe efectuar al practicarse la liquidación del art. 181 de la Ley 10.397 y sus modificatorias (Código Fiscal-TO. 2004)
Artículo 181º: “Los empleadores de personas con discapacidad, podrán imputar como pago a cuenta del impuesto sobre los Ingresos Brutos, el equivalente al cincuenta por ciento (50 %) de las remuneraciones nominales que perciban éstas.
Dicha deducción se efectuará en oportunidad de practicarse las liquidaciones de acuerdo a lo establecido en el capítulo asignado a la Determinación, Liquidación y Pago (Art. 197 Ley 10.397 y sus modificatorias). En ningún caso, el monto a deducir sobrepasará el impuesto determinado para el período que se liquida, ni tampoco originará saldos a favor del contribuyente. Quedan excluidas en esta norma las personas con discapacidad que realicen trabajos a domicilio.”
Los empleadores deberán presentar previamente ante la Dirección General de Rentas la documentación que acredite denuncia e inscripción del empleado con discapacidad en el sistema previsional. Con cada Declaración Jurada anual, debe acompañar certificado del organismo previsional sobre continuidad del aporte. La deducción alcanza el pago de los importes mínimos dispuestos por los art. 640 y 641 de la Normativa Serie B 1/04.
Ley 10.397 – Código Fiscal
Artículo 197°: En la declaración jurada del anticipo mensual o bimestral y determinado el impuesto a abonar, se deducirá del mismo el importe de las retenciones que se hubieren realizado en dicho lapso, procediéndose al ingreso del saldo resultante a favor del Fisco.
Prioridad a las empresas que contraten personas con discapacidad – Ley 10.592 Art. 8 Bis:
“Los sujetos enumerados en el primer párrafo del artículo anterior, priorizarán, de acuerdo a la forma que establezca la reglamentación, las compras de insumos y provisiones de aquellas empresas que contraten a personas con discapacidad, situación que deberá ser fehacientemente acreditada.”
70% de descuento en ganancias
Legislación Nacional
Ley 22.431, art. 23 modificado por Ley 23.021.
Los empleadores que concedan empleo a personas con discapacidad tendrán derecho al cómputo de una deducción especial en el impuesto a las ganancias, equivalente al SETENTA POR CIENTO (70%) de las retribuciones correspondientes al personal con discapacidad en cada período fiscal. El cómputo del porcentaje antes mencionado deberá hacerse al cierre de cada período. Se tendrán en cuenta las personas discapacitadas que realicen trabajo a domicilio.
Artículo 8 bis:“El Estado Nacional, organismos descentralizados o autárquicos, entes públicos no estatales, empresas del estado y empresas privadas concesionarias de servicios públicos, priorizarán, a igual costo y en la forma que establezca la reglamentación, las compras de insumos y provisiones de aquellas empresas que contraten a personas discapacitadas, situación que deberá ser fehacientemente acreditada.” (Incorporado por Ley 25.689)
Conocé todos los beneficios ingresando a: https://www.trabajo.gba.gov.ar/beneficios-para-empresas